Plan Moves III

Cómo solicitar las ayudas del Gobierno para comprar coches eléctricos: requisitos, plazos y cuantía

El Plan MOVES III es una iniciativa del Gobierno para apoyar la movilidad eléctrica que cuenta con una dotación de 400 millones de euros

Estas son las ayudas que ofrece el Gobierno para la compra de vehículos eléctricos.

Estas son las ayudas que ofrece el Gobierno para la compra de vehículos eléctricos. / Jordi Cotrina

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El Consejo de Ministros aprobó el pasado 1 de abril la prórroga del programa MOVES III hasta el 31 de diciembre de 2025, una iniciativa destinada a incentivar la movilidad eléctrica que cuenta con una dotación económica de 400 millones de euros para apoyar la compra de vehículos eléctricos y la infraestructura de recarga. Además, también incluye una deducción del 15% en el IRPF por la compra de este tipo de vehículos. Para solicitar las ayudas, sin embargo, los vehículos deben cumplir una serie de requisitos.

Requisitos de los vehículos

Según recoge el Real Decreto-ley 3/2025, las personas que soliciten las ayudas del Plan Moves III deberán tener vehículos que cumplan las siguientes características:

  • Tipo de vehículo: Debe ser un turismo, cuadriciclo (ligero o pesado) o motocicleta eléctrica, incluido en la base de datos del IDAE.
  • Tecnología del vehículo: Debe ser eléctrico puro (BEV), híbrido enchufable (PHEV), de autonomía extendida (EREV) o de pila de combustible (FCV/FCHV). Las motos deben tener batería de litio, potencia ≥3 kW y autonomía mínima de 70 km.
  • Sin uso profesional: Ni el vehículo ni el punto de recarga pueden estar destinados a actividad económica.
  • Matriculación: El vehículo debe estar matriculado por primera vez en España antes del 31 de diciembre de 2025.
  • Límite de precio: No debe superar el precio máximo fijado por el programa MOVES III según tipo de vehículo.

Cuantía de la ayuda

Las ayudas del Plan MOVES III varían en función del tipo de vehículo que se adquiera y si se entrega un coche antiguo para desguace. Para los turismos, que son los vehículos aptos para conductores con carné de conducir tipo B, las ayudas son las siguientes:

  • Para los vehículos 100% eléctricos o de autonomía extendida (con más de 90 km de autonomía), la ayuda mínima es de 4.500 euros. Sin embargo, si se entrega un coche viejo de más de 7 años para su desguace, la ayuda puede llegar hasta los 7.000 euros.
  • Si se opta por un vehículo híbrido enchufable con una autonomía eléctrica entre 30 y 90 km, la ayuda mínima es de 2.500 euros. Si además se entrega un coche antiguo, la ayuda puede aumentar hasta los 5.000 euros.
  • En el caso de los vehículos de pila de combustible, sin un requisito específico de autonomía mínima, la ayuda básica es de 4.500 euros. Si se entrega un coche viejo para su desguace, la ayuda podría alcanzar los 7.000 euros.

Es importante destacar que, además de estas ayudas, el concesionario debe aplicar un descuento obligatorio de 1.000 euros en el momento de la compra del vehículo. Además, en algunos casos, la ayuda puede incrementarse un 10% adicional si el coche se destina a taxi o VTC, si el solicitante tiene movilidad reducida, o si reside en una localidad con menos de 5.000 habitantes.

Cómo solicitar el Plan Moves III

El Plan MOVES III se gestiona a través de las Comunidades Autónomas, que tienen procedimientos específicos para cada una. En la mayoría de los casos, el proceso se realiza a través del concesionario donde se ha comprado el vehículo, que se encarga de gestionar toda la documentación necesaria. En estos casos, simplemente te indicarán qué documentos debes entregar.

Sin embargo, en algunas comunidades es obligatorio que el propio comprador se encargue de la tramitación. En estos casos, se requiere la entrega de varios documentos, como una copia del presupuesto del vehículo, una copia del NIF o DNI, un certificado de alta en el censo de empresarios (si eres autónomo), y otros documentos relacionados con tu situación tributaria y social.

Una vez completados estos trámites iniciales, el Ministerio de Industria solicitará una serie de documentos adicionales. Entre ellos, se encuentra la copia de la factura de compraventa (posterior al 9 de abril de 2021 y con el descuento obligatorio de 1.000 euros), el justificante de pago de esa factura, y la copia de la ficha técnica y el Permiso de Circulación del vehículo.